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Requisitos para emprender negocios en Panamá

Índice

¿Qué requisitos hay en Panamá?

Cuando se va a crear un negocio en Panamá, existen varios requisitos que son fundamentales  para ajustarse a las leyes panameñas y obtener la protección y el respaldo que se requiere del país,  para la inversión realizada y controlando los posibles riesgos que se puedan presentar al mínimo. 

Aquí te dejamos las grandes ideas de negocios de Panamá.

Hacer negocios en Panamá

En el país se han ido mejorando los trámites para la apertura de negocios desde hace más de una década mediante  reformas fiscales y comerciales.

Seguidamente se presentan los pasos más importantes a seguir de acuerdo a la normativa para la creación de los negocios: 

Crear una Sociedad Anónima (S.A.)

Este tipo de empresas es el sistema por el que se administra el 90% de los negocios en Panamá.  La misma, ofrece protección a la identidad de sus accionistas y una limitación al capital y los activos de la sociedad en momentos de riesgo, siendo un instrumento ideal para separar la inversión aportada por los socios de bienes personales de los propietarios. El tiempo para crear está sociedad es de 5  a 7 días hábiles. 

Ubicar la sede

El espacio puede ser la propia residencia o un local adquirido especialmente para sede de la empresa y el domicilio fiscal, puede ser también alquilada. 

El Permiso y  Aviso de Operaciones

Este requisito es necesario para dar inicio a la actividad de la empresa, siendo la única autorización exigida por entes gubernamentales. Es un trámite rápido y seguro que luego es pasado a las autoridades comerciales, fiscales y municipales, informando de la apertura a operaciones comerciales. Este trámite se hace en conjunto para evitar hacerlo de manera independiente ante el Municipio de Panamá, la Dirección General de Ingresos y el Ministerio de Comercio.

Requisitos para emprender negocios en Panamá

Apertura de una Cuenta Bancaria

Se necesita abrir una cuenta bancaria, trámite que debe hacerse tras haber creado la sociedad y tras haber obtenido el Aviso de Operaciones. 

Contrato de Servicios Públicos y Privados

Contratar servicios públicos, agua, luz, teléfono,  y privados, Internet, cable, entre otros, pues ya la empresa está respaldada por los documentos de la constitución de la sociedad y el Aviso de Operaciones.

Contrato de Personal

El personal contratado se debe inscribir en el Ministerio de Trabajo y en la Seguridad Social o CSS. El registro de contrato de  trabajadores es protección para la misma empresa. Por ello, hace falta un contrato escrito, que respalde la estabilidad del trabajador. Además se debe hacer el  registro en la CSS, tanto de la empresa como de los trabajadores de la misma.

Registro de la empresa en AMPYME

La empresa debe registrarse en la  AMPYME, Autoridad de La Micro, Pequeña y Mediana Empresa para negocios con inversión no mayor a  US$ 150,000.00. A partir de este momento de puede disfrutar del incentivo fiscal de exoneración mediante de las primeras dos declaraciones de la renta y el pago de impuestos aún obteniendo ganancias.  

Tipos de contrato que se manejan en Panamá

Los contratos son un forma de ordenamiento que tienen las empresas y que indican su apego a la legalidad y les da prestigio y credibilidad. Seguidamente se presentan los contratos en Panamá.

Es recomendable que para la redacción y acuerdo de estos contratos a continuación se busque asesoría de profesionales, que además tienen los conocimientos generales acerca de la legislación laboral panameña.

Contrato individual de trabajo 

Para la legislación panameña, este contrato es un convenio verbal o escrito mediante el cual una persona se obliga a prestar sus servicios y  ejecutar una obra a favor de otra, bajo la subordinación y dependencia de esta última.

Contrato por tiempo Indefinido

Este contrato de trabajo en Panamá es el que mejor ayuda a los empleadores de pequeñas y medianas empresas, ya que este contrato le permite al empleador prescindir de los servicios de los empleados cuando lo requiera por cualquiera que sea el motivo sin tener que pagar al empleado ningún cargo por salarios caídos. El contrato como su nombre lo indica se celebra para emplear personal que vaya a realizar determinadas funciones y trabajo por un tiempo no determinado y se puede renovar consecutivamente si la empresa está satisfecha con el rendimiento del trabajador. 

Contrato por tiempo definido

El contrato es por tiempo definido se celebra por un tiempo determinado y el empleador puede prescindir del empleado antes de la finalización del contrato,  debiendo pagar si esto ocurre todos los salarios caídos hasta la fecha de terminación del contrato vigente. 

Contrato por obra terminada 

En el período de enero a abril del 2016, esta modalidad ocupó el segundo lugar de contratos realizados en Panamá con el 32.2%. Se entiende por contrato por obra terminada a aquel que está relacionado a un producto o servicio específico y no se sabe cuánto tiempo durará la realización de este. A este caso se le puede otorgar un tiempo estimado y este se podrá extender en caso sea necesario.

Requisitos del Contrato de Trabajo

El contrato debe hacerse por escrito, se firma al inicio de la relación laboral en tres ejemplares, uno para la empresa, uno para el trabajador, y el otro se remite a la Dirección General de Trabajo de Panamá. El contrato  contiene las siguientes partes: 

  • Nombre (Razón social para personas jurídicas)
  • Nombre del representante legal (para personas jurídicas)
  • Datos de inscripción en el registro público (para personas jurídicas)
  • Nacionalidad
  • Edad
  • Sexo
  • Estado civil para el Empleo en Panamá
  • Domicilio
  • Número de cédula de identidad
  • Nombre de los dependientes a cargo del trabajador
  • Descripción de la obra o servicios acordados
  • Lugar donde se prestará el servicio
  • En cuanto a la  duración del contrato, el mismo puede ser: 
  • De tiempo definido, no puede ser mayor a un año
  • Tiempo indefinido
  • Trabajo permanente, efectivo o de planta
  • Trabajo de temporada
  • Obra determinada

Cuando la prestación de un servicio requiera de habilidades especiales se puede incluir un periodo de prueba que no debe pasar de  tres meses. Incluir también la duración de la jornada de trabajo: que para el diurno es de 6 a.m. a 6 p.m. Máximo de ocho horas y la semana de trabajo hasta de 48 horas. El horario nocturno debe ser de  6 p.m. a 6 a.m. Máximo de siete horas y la semana de trabajo hasta de 42 horas.

El horario Mixto es de  máximo de siete horas y media y la semana de trabajo hasta de 45 horas.

Se debe incluir también en el contrato de trabajo, el salario, forma, día y lugar de pago, lugar y fecha de celebración del contrato, así como  la firma de las partes.

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