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Requisitos para negocios en Uruguay – Normativas y legalidad

Índice

¿Qué requisitos hay para un negocio en Uruguay?

La economía del Uruguay está considerada una de las que tiene  mayor crecimiento en América Latina y la región, por lo que, está catalogado como un destino comercial atractivo para muchos inversionistas extranjeros.

En la constitución de empresas en el país, se requieren varios requisitos, uno de ellos es el registro y formalización de la sociedad, a través de la plataforma «Empresa en el día» del gobierno nacional. Los costes de registro para las sociedades anónimas se pagan a través de esta autoridad local. 

Existe la figura del notario público que otorga  un certificado oficial que se debe presentar en el Registro Nacional de Comercio para completar el proceso de registro de la sociedad. 

Igualmente, se debe efectuar el Registro de la Sociedad ante la Autoridad Impositiva Local. Esta  Dirección General Impositiva (DGI) es la entidad donde las sociedades pagan los impuestos. Luego, el Registro Nacional sella el libro de acciones escriturales, el libro copiador de cartas, el libro de actas de asambleas  de directorio y el libro de actas de asambleas de accionistas. Cuando esté terminado, la sociedad podrá obtener la identificación de contribuyente local (Registro Único Tributario, RUT). 

Para abrir una Cuenta Bancaria Corporativa, que es el paso final para formar una sociedad en Uruguay, la cual se lleva a cabo cuando se tenga el RUT.  

Dado que, Uruguay tiene un gran potencial para los inversionistas y emprendedores hacer negocios con un nuevo mercado puede llegar a ser complicado. Se recomienda trabajar con un socio local que pueda ayudar durante todo el proceso de formación de la empresa en Uruguay.

En Uruguay existen requisitos de permanencia en el país que son importantes conocer si se va a invertir en el país. 

Uruguay tiene varios tipos de residencia, que se deben ponderar para mirar el que más se ajuste a la situación particular de cada inversor que quiera trabajar y hacer negocios legalmente en el país. El permiso de residencia habilita al solicitante a trabajar legalmente en Uruguay. Por ello, antes de comenzar el trámite que se realiza ante la Dirección Nacional de Migración, debe optar por el tipo de residencia que más se ajuste a la condición de la inversión. 

La Hoja Provisoria de Identidad le permite por lo tanto a un extranjero para  trabajar por un periodo máximo de 180 días. La misma se otorga por única vez y no será prorrogable.

Por otra parte, la Residencia Legal Temporal se considera la más adecuada si existe la intención es permanecer en Uruguay por un plazo superior a 180 días pero inferior a 2 años, dependiendo de la vigencia de la actividad que se desarrolle. Si el inversor proviene de Argentina, Brasil, Paraguay, Venezuela, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador o Perú puede tramitar la Residencia Temporaria denominada Mercosur,  con la ventaja de no tener que aportar medios de vida ni domicilio.

Con respecto a la Residencia Legal Definitiva la misma es la mas adecuada si se va a permanecer en el país por un periodo superior a 2 años y también, si ya ha vencido la residencia temporaria y quiere transformarse en residente legal definitivo.

El gobierno uruguayo ha tomado la decisión y las previsiones para facilitar la apertura de empresas a sus nacionales. Sin embargo, para un extranjero no familiarizado con el sistema y los organismos competentes la información que se encuentra en línea puede ser algo confusa. Por lo tanto, se recomienda consultar un contador o asesor conocedor de estos trámites,  que se encarga de asesorar durante el proceso.

En Paraguay existe en la ley la libre contratación de seguros de inversión en el país o hacia el exterior.  También se garantiza el libre comercio que comprende: la libertad de producción y comercialización de bienes y servicios en general, la  libre fijación de precios, a excepción de aquellos bienes y servicios cuya producción y comercialización estén regulados por la Ley, y la libertad de importación y exportación de bienes y servicios con excepción de aquellos prohibidos por la Ley. No obstante, están condicionadas a  que los inversores, tanto nacionales como extranjeros, cumplan tanto el Régimen Tributario como con el Régimen del Trabajo y de Seguridad Social vigentes en el país.

Así mismo, las inversiones extranjeras son bienvenidas en todos los sectores de la economía, salvo las excepciones establecidas en las leyes específicas locales como puede ser  el sector de hidrocarburos, minería, telecomunicaciones, forestal, entre otros que requieren permisos, licencias o concesiones especialmente otorgadas por la autoridad.

También los inversionistas extranjeros están autorizados a invertir en los demás sectores de la economía sin que para ello sea necesario obtener una autorización previa, a menos que se trate de algún tipo de inversión sujeta a régimen especial. 

En lo que respecta al Régimen Cambiario, la ley de inversiones,  incluye entre sus garantías la libertad de cambio y por ello las operaciones cambiarias se realizan dentro de un mercado libre. El tipo de cambio se establece  libremente las partes, conforme a la oferta y la demanda.

Las operaciones de cambio se refieren a  la compra y venta de moneda extranjera y en general, las obligaciones pagaderas en dicha moneda, aunque no tenga que ver con traslado de fondos o giros del país al exterior o viceversa. También se relacionan con los actos jurídicos, las obligaciones y los contratos realizados en moneda extranjera  que son válidos y serán exigibles en la moneda pactada.

Según el derecho paraguayo, existen 5 (cinco) clases de sociedades comerciales que se requieren mencionar y conocer, las mismas son: sociedad colectiva, sociedad en comandita (simple o por acciones), sociedad de responsabilidad limitada y sociedad anónima, así como una clase especial denominada sucursal, agencia o representación.

La sociedad colectiva y la sociedad en comandita son utilizadas en general para empresas pequeñas. Mientras que, la sociedad de responsabilidad limitada es utilizada para empresas pequeñas y medianas. En tanto que,  la sociedad anónima es generalmente utilizada por empresas de mayor envergadura.

Tipos de Sociedades

La Sociedad Colectiva, se define como el  tipo societario comprendido por 2 (dos) o más socios que son subsidiaria, ilimitada y solidariamente responsables por las obligaciones sociales.

La Sociedad en Comandita Simple

En este tipo de sociedad existen socios colectivos que responden solidaria e ilimitadamente por los compromisos sociales, y  los socios comanditarios responden por las mismas hasta el límite de sus aportes.

La  Sociedad en Comandita por Acciones

Tiene también socios colectivos y comanditarios, siendo los aportes de éstos últimos soportados por acciones.

La Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)

Esta sociedad tiene las siguientes características:

  • La responsabilidad de los socios está limitada al valor de los aportes.
  • Los aportes de los socios están representados por cuotas sociales.
  • Se debe contar con un mínimo de dos (2) y un máximo de veinte y cinco (25) socios.
  • La ley no establece requisitos de nacionalidad para los socios, no obstante, para los directores y síndicos es obligatorio el  carnet de residencia permanente.
  • El capital social se divide en tractos de igual valor, no pudiendo tales cuotas estar representadas por títulos negociables.
  • El capital social debe suscribirse íntegramente al constituirse la sociedad.
  • Los aportes en dinero deben incorporarse en un 50% (cincuenta por ciento) como mínimo y completarse en un plazo de dos (2) años. 

La integración se acredita mediante el depósito de los aportes en el Banco Central del Paraguay, luego el importe estará disponible una vez finalizados los trámites de inscripción de la Sociedad en el Registro Público de Comercio.

Tipos de contratos que se manejan en Uruguay

Existen varias formas de contrato que se manejan en el Paraguay de acuerdo con la ley. Seguidamente se describen los mismos: 

Contratos Bilaterales 

Aquel en que se consideran las  prestaciones recíprocas entre los otorgantes y estos quedan mutuamente obligados.

Contratos Unilaterales 

Son los contratos en que uno de los contrayentes parecía más obligado que el otro, como el mutuo y el depósito.

Contrato Oneroso 

Es el que obliga a cada una de las partes a hacer o dar alguna cosa (compraventa, arrendamiento, entre otros). Por lo tanto, al celebrar el contrato cada una de las partes conoce el monto de su prestación, el contrato recibe el nombre de conmutativo.

Por el contrario, si en el contrato uno de los contratantes esta obligado a una prestación, pero no sabe cual va a ser el monto o valor de la contraprestación, o si la recibe por depender de un evento, el contrato oneroso es, además aleatorio (el juego, la apuesta, el seguro, entre otros).

Contrato gratuito

Se define como aquel en el  que una de las partes recibe algo de otra sin estar obligada a contraprestación (la donación simple, el préstamo sin interés). 

Contratos Causales o abstractos

Se celebran según se incluyan o no en la declaración de voluntad de las relaciones causales. 

Contratos Consensuales 

El mismo se lleva a cabo y se  perfecciona por el solo consentimiento.

Contratos Reales 

En la estructura de las obligaciones se requiere, además del consentimiento, la entrega de cosas, como el simple préstamo, el comodato, la prenda y el depósito.

Contratos Preparatorios, Principales o Accesorios

Se rigen según se inicien las condiciones para la celebración de un contrato posterior, cumplan el contrato por si mismos o se celebren como consecuencia de un contrato anterior.

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