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Requisitos para invertir en República Dominicana – Paso a paso

Índice

Requisitos paso a paso

Uno de los espacios con amplias posibilidades de ganancias en este país es el mercado de valores. El cual requiere seguir algunos pasos y requisitos. Para invertir en el mercado de valores de República comparten cinco pasos a continuación:

Elegir el puesto de bolsa

En la República Dominicana se tienen más de 20 puestos de bolsa, de los cuales el país se encuentra en la primera posición por el valor de los activos y el patrimonio. Existen varios criterios para escoger la inversión en este sentido, como son: la validación, que es el puesto en bolsa autorizado. 

Si quieres conocer las ideas de negocio de República Dominicana.

Acerca de negocios en República Dominicana

La confirmación que se relaciona con ser miembro de la Bolsa de Valores de la República Dominicana (B.V.R.D). Igualmente, se tiene la  Solicitación, relacionada con la memoria anual del puesto de bolsa y consulta acerca de los accionistas, ejecutivos y experiencia. 

Requisitos para iniciar negocio en republica dominicana

Así como la solicitud de referencia, en la que antes de tomar cualquier decisión, se debe consultar  con los familiares y amigos acerca de las experiencias en puestos de bolsa en República Dominicana. Igualmente, está la evaluación y elección, desde la que se analiza la información, para luego elegir el puesto de bolsa tiene mayor confianza y credibilidad. 

Abrir cuenta de corretaje

Esta será la identidad que tendrá en el mercado de valores. Este registro permite realizar compras y ventas de valores, y para conseguirlo, se requiere presentar varios documentos dependiendo si lo realiza como persona física o como persona jurídica. Por ello se requieren los siguientes documentos: 

Contrato de cuenta de corretaje y productos, con los términos de contratación. Ficha del cliente y tarjetas de firmas, para precisar la  identidad y actividad económica. Igualmente, se necesita la firma y depósito de los documentos, junto con una copia de la cédula de identidad y constancia del origen de los fondos, además de la validación y registro en el depósito centralizado de valores.

Los Inversionistas Directos, que son las empresas establecidas en República Dominicana que hayan  recibido un aporte a su capital, proveniente del extranjero, por un monto mínimo de US$200,000.00, o su equivalente en moneda nacional. 

El mismo podrá ser realizado en  moneda, en naturaleza, en instrumentos  financieros o en tecnología, bajo lo establecido  en la Ley 16­95 de Inversión Extranjera. Dicha inversión tendrá que ser registrada ante el Centro de Exportación e Inversión  de la República Dominicana (CEI­ RD), o también encontrarse en proceso de registro.

Las  empresas que están trabajando  bajo el Régimen de Zonas Francas, el monto requerido puede ser distinto, y/o de acuerdo a las leyes 8­90 y 98­03 del CEI­RD.  Igualmente, las Empresas Foráneas Contratadas o Sub­-Contratadas por el Poder Ejecutivo, directa o indirectamente, con instituciones descentralizadas del  estado, para ejecutar obras o consultorías que requieran de la presencia extranjera para el beneficio del país, se rigen también por esta modalidad. 

Luego, las Empresas relacionadas con Regímenes Legales Específicos de Incentivo, incluidas en la  Ley No. 84­99, de incentivo al exportador, Ley No. 8­90 de las Zonas Francas de Exportación, la Ley No. 158­01  de incentivo a los Polos Turísticos, la Ley 28­01, de incentivo las zona fronterizas, todas ellas, serán beneficiadas del Programa de Permiso de Residencia por Inversión, siempre y cuando exista el aspecto del capital extranjero en sus  acciones nominativas. Para este régimen no se necesita un monto mínimo de inversión, para agilizar el trámite del Permiso de Residencia por Inversión.

Sociedades reconocida en República Dominicana

Existen diversas sociedades reconocidas en la República Dominicana, por La Ley dominicana de sociedades, que están consagradas en el Código de Comercio, agregando además  las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) y las Empresas Individuales de Responsabilidad limitada (EIRL). 

En este sentido,  se reconocen en el país  seis (6) tipos de sociedades:

Sociedades en Nombre Colectivo

Es una sociedad externa que realiza actividades mercantiles o civiles bajo una razón social unificada, respondiendo los socios de las deudas que no pudieran cubrirse con el capital social. En esta sociedad alguno de los socio no aporta capital, solo trabajo y se denomina socio industrial.

Sociedades en Comandita Simple 

Se define como una sociedad de tipo personalista que se caracteriza por la coexistencia de socios colectivos, que responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gestión de la sociedad. 

Sociedades en Comandita por Acciones 

Son las que se componen de uno o varios socios comanditados que tendrán la calidad de comerciantes y responderán indefinida y solidariamente de las deudas sociales, y de socios comanditarios, que tendrán la calidad de accionistas y sólo soportan las perdidas en la proporción de sus aportes.

Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) 

Es un tipo de sociedad mercantil en la cual la responsabilidad está limitada al capital aportado, y por lo tanto, en el caso de que se contraigan deudas, no se responde con el patrimonio personal de los socios.

Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) 

Tiene su origen en la República Dominicana con la promulgación de la Ley Nº 479-08 del 2008. Por lo que, se creó esta figura legal en dos sentidos: El primero de ellos, permite potenciar el desarrollo de nuevas iniciativas comerciales de pequeños empresarios. Poner fin a la vieja práctica nacional de las “sociedades ficticias”, que consistía en constituir una sociedad en que uno de los socios tiene un 94% y los demás socios, sólo un 1%.

Sociedades Anónimas (S.A.) 

De las seis categorías de Sociedades mencionadas, las primeras tres se distinguen porque sus socios o una parte de ellos, dependiendo del tipo de sociedad, responden de manera subsidiaria, solidaria e ilimitada de las obligaciones contraídas por la sociedad. Las sociedades de responsabilidad limitada y las sociedades anónimas, se distinguen porque la responsabilidad de sus socios se limita a sus respectivos aportes sociales.

Requisitos para negocios en República dominicana

Los negocios son en principio ideas de una o varias personas con iniciativa propia, con facilidad para asumir responsabilidades, trabajador, confiable y con un capital para ejecutar las acciones y/o actividades que han sido planteadas en la planificación previa que se hizo con metas, que tienen por finalidad el progreso económico, organizacional, de prestigio, solidez y estabilidad. 

Con todas estas características anteriormente expuestas, muchas personas buscan afianzarse y consolidarse en el campo, no obstante es necesario tener en cuenta que un negocio antes de su apertura requiere cumplir una diversidad de requisitos en la República Dominicana. Por ello, antes de conocer estos requisitos es necesario tener en cuenta que en el país existen diferentes tipos de negocios.

Tipos de Negocios en la República Dominicana

1- Compañías de servicios, primordialmente comercios al por mayor y al detalle, las finanzas, los seguros, el transporte,  los servicios públicos, y otros servicios. 

2- También se tienen empresas productoras de bienes, principalmente de manufacturas, de construcción, de minería y agrícolas.

En cuanto a las Empresas de servicios las mismas  proporcionan productos intangibles o desarrollan labores útiles en representación de una empresa. Este tipo de empresas ha tenido gran importancia en la economía y han crecido considerablemente en el país,  en las últimas dos décadas.

Por su parte, las ventas al detalle y al por mayor, es  el sector de menos crecimiento en la industria de servicios, así mismo es el de mayor  volumen de ventas y número total de empleados.

En este renglón se pueden incluir los almacenes tradicionales de esquina, cafés del barrio, el almacén de dulces, entre otros.  Estos negocios han ido perdiendo terreno debido a las grandes transnacionales competidoras, como las cadenas de supermercados y las cadenas de centros comerciales.

En el sector de las finanzas y los seguros, se  observa una expansión, pero la misma no ha sido uniforme, es por ello que hay una mezcla de negocios grandes y pequeños en este sector. 

El sector de los transportes y servicios públicos,  no han crecido mucho en términos de empleos, aunque en otros sentidos ha cambiado,  porque este sector está dominado por grandes organizaciones, como las aerolíneas, las empresas de servicios eléctricos, las compañías de telecomunicaciones, entre otros. 

Ahora bien, si se quiere abrir un negocio en la República Dominicana, se necesitan cumplir varios requisitos, algunos de ellos son:

-Depositar los documentos legales originales y tres copias.

-Llenar el formulario de solicitud de Registro Mercantil.

-Copia de las cédulas y/o pasaportes de los accionistas de la compañía.

-Copia del registro de Nombre Comercial.

-Copia del recibo de pago de impuesto por Constitución de Compañía.

Si se trata de Compañía por acciones, en la que varios accionistas participan de los beneficios y también de las perdidas, en proporción al número de acciones que se tengan.  

Por lo que, no existe responsabilidad personal de los accionistas por las obligaciones de la compañía. La compañía tiene personalidad propia y puede demandar y ser demandada en su propio nombre.

Los requisitos para su formación son los siguientes: 

  1. Número mínimo de Accionistas. Se requiere un mínimo de siete accionistas.
  1. Nombre de la compañía, debe seleccionar el nombre de la compañía y registrarlo en la Secretaría de Industria y Comercio.
  1. Los estatutos, deben redactarse  porque son la carta constitutiva de ella, C. A.
  1. Determinar el capital autorizado
  1. Celebrar una primera asamblea de accionistas, donde se aprueban los estatutos, y se elige el  Consejo Directivo y un Comisario.
  1. Registrar en el Registro Civil, los estatutos, la lista de sus criterios, y las actas de la 1era. Asamblea de accionistas.
  1. Depositar en la Secretaria del Tribunal de lo Civil y Comercial y en el Juzgado de Paz los estatutos, copia del acta notarial, lista de accionistas y autorización de impuesto sobre la renta, entre  otros documentos.
  1. Publicar en el periódico el aviso de Constitución de la  Compañía.
  1. Luego,  obtener del organismo de Industria y Comercio autorización para iniciar las actividades.

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